Se podrá seguir difundiendo los videos de Alberto Fernández

La Justicia falló en contra del ex presidente, quien había pedido que se prohíba la difusión en redes sociales y medios de comunicación de contenido que implique invadir su privacidad o "involucre a mujeres".

Política29/08/2024Sección PaísSección País
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La Justicia rechazó el pedido de Alberto Fernández de prohibir la difusión de sus fotos y videos en redes sociales y medios de comunicación. La decisión se enmarca en la respuesta a la denuncia que el ex presidente había presentado contra Fabiola Yañez por “violación de intimidad y difusión”.

Según consignó Clarín, la jueza federal María Eugenia Capuchetti consideró que Fernández no lo logró “demostrar la verosimilitud en el derecho invocado, ya que, al momento de realizar su presentación, no indicó cuál sería el objeto de la medida cautelar, sino que tan sólo se limitó a expresar manifestaciones genéricas en torno a que no se divulgue información personal que involucre a mujeres”.

En esa línea, Capuchetti decidió rechazar el pedido por considerarlo “impreciso” y determinó que esta causa no debe tratarse en el fuero federal penal. Además, señaló que la solicitud de Fernández podría “afectar la libertad de expresión y de prensa”.

La presentación del ex mandatario tuvo lugar luego de la publicación de material audiovisual en los que se lo ve en situaciones polémicas, como los videos que lo muestran reunido con la periodista Tamara Pettinato. Tras esto, Fernández hizo una solicitud a la Justicia en la que señaló: “Recientemente se vienen publicando y difundiendo fotos y videos que falazmente se me atribuyen por parte de diversos medios y figuras públicas. Estas cuestiones que desde ya son falsas y maliciosas, solo buscan afectar la estabilidad familiar y salud psicofísica de mis hijos”.

En ese sentido, el ex presidente pidió intimar a los medios de comunicación a “que se abstengan de reproducir, mencionar o cualquier otra conducta que implique la invasión a mi privacidad e involucre a mujeres”. Y argumentó que su presentación se daba ante la posibilidad de “una flagrante amenaza de difundir supuestas imágenes o supuestos videos que tienen como única finalidad ofender, agredir, vulnerar, menoscabar y afectar” su “nombre, honor, imagen, intimidad o integridad”.

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