La Justicia de Santiago del Estero impuso un "bozal legal" a los ruralistas que denunciaban a Pablo Toviggino por usurpación

El juez Héctor Salomón dictó una "tutela inhibitoria de expresión" contra cinco denunciantes. Consideró que el tesorero de la AFA ya fue sobreseído definitivamente y que las acusaciones mediáticas causan un daño injustificado.

Política26 de diciembre de 2025Sección PaísSección País
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En un fallo que reaviva el debate sobre los límites de la libertad de expresión y la cosa juzgada, la Justicia de Santiago del Estero le aplicó un "bozal legal" a un grupo de ruralistas que denunciaban públicamente a Pablo Toviggino, tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), por supuesta usurpación de terrenos.

​La medida fue dispuesta por el juez Héctor José María Salomón, quien interpuso una figura legal denominada "tutela inhibitoria de expresión". La restricción recae sobre Ricardo Baldi, Martín Carluccio, Bruno Fratari, Ricardo Simeoni y Edgardo Taboada, a quienes se les prohíbe reiterar acusaciones sobre delitos por los cuales el funcionario de la AFA ya fue sobreseído en sede judicial.

El detonante mediático

​Según consta en el fallo, si bien la causa ya había sido resuelta con una "función preventiva del daño", la defensa de Toviggino solicitó una ampliación de la medida a raíz de hechos ocurridos el pasado domingo. El magistrado advirtió que durante emisiones en vivo en distintos programas de televisión —puntualmente en la señal de noticias TN— se reprodujeron "imputaciones ya desestimadas judicialmente".

​Para el juez Salomón, los cinco ruralistas actuaron como "amplificadores mediáticos de un daño previamente acreditado", insistiendo en una narrativa que la Justicia ya había descartado al dictar el "sobreseimiento total y definitivo" de Toviggino.

Censura vs. Prevención de daños

​En sus fundamentos, el magistrado se encargó de diferenciar esta medida de un acto de censura. Destacó que la tutela inhibitoria "no constituye una sanción, ni una forma de censura previa, sino un mandato jurisdiccional preventivo, de carácter excepcional, orientado a evitar la reiteración, continuación o agravamiento de un daño antijurídico en curso".

​El juez argumentó que están en juego "derechos personalísimos, como el honor, la reputación, la dignidad y la integridad moral" del tesorero de la AFA. Al no haberse presentado nuevas denuncias formales, Salomón concluyó que las manifestaciones públicas de los ruralistas carecen de "sustento fáctico y jurídico".

Los límites de la libertad de expresión

​Finalmente, la resolución judicial traza una línea roja sobre el contenido de las denuncias mediáticas cuando existe una sentencia firme. "La reiteración de imputaciones objetivamente falsas, ya desmentidas por el propio sistema judicial, excluye cualquier amparo constitucional bajo el paraguas de la libertad de expresión", sentenció el juez.

​El fallo concluye que la libertad de prensa "no protege la difusión consciente o negligente de hechos falsos, especialmente cuando éstos atribuyen delitos inexistentes a personas perfectamente individualizadas".

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