DNU: nueva cautelar contra la reforma laboral de Milei

La decisión fue adoptada por la jueza Nacional del Trabajo Silvia Garzini a raíz de un reclamo por la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA).

Política 08 de enero de 2024 Sección País Sección País
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Una jueza hizo lugar hoy a una medida cautelar reclamada por la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA) para que se suspenda la aplicación del capítulo laboral del mega DNU del presidente Javier Milei, informaron fuentes judiciales. Es la segunda vez desde que el decreto recibe un revés en materia laboral. La primera, había sido por un amparo que presentó la CGT.

La decisión fue adoptada por la jueza Nacional del Trabajo Silvia Garzini, en relación al planteo en el que se indicaba que el DNU incluía “la eliminación sin ningún tipo de fundamento del Estatuto del Viajante normado en la ley 14.546″, según surge de la resolución a la que accedió la agencia Télam.

La jueza citó en su resolución el fallo emitido la semana pasada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el caso iniciado por la CGT, el primero que suspendió el capítulo laboral del mega DNU de Milei.

En ese contexto, la jueza Garzini resolvió “hacer lugar a la medida cautelar pretendida y, en consecuencia, suspender preventivamente la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV -Trabajo- del decreto de necesidad y urgencia No 70/2023, título que incluye la derogación de la ley 14.546 (Estatuto del Viajante), en cuanto afecta a los trabajadores representados por la entidad gremial requirente, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en las presente actuaciones”.

La ley 14.546 fue dictada “a fin de regular una actividad con modalidades específicas y ha sido, a lo largo de estos años, respetada por las partes involucradas en la relación, sin que, ‘prima facie’, se avizore en los considerandos del decreto cuestionado que la especialidad del régimen que regula la actividad del viajante de comercio pudiera de forma trascendental afectar en materia social y/o económica, al extremo de haber sido derogada mediante un decreto de necesidad y urgencia”, sostuvo la jueza.

En la presentación de la FUVA se había señalado que, además de las limitaciones a la organización colectiva de los trabajadores, el DNU incluía la eliminación de plano de una categoría de trabajadores como son los viajantes vendedores.

Se trata de la tercera cautelar concedida por ese tribunal: la justicia laboral había hecho lugar a un planteo de la CGT y a otro de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA). En todos los casos se consideró que debía quedar suspendido el capítulo laboral del DNU hasta tanto se analice su contenido de fondo.

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