El Gobierno liberó los copagos para el Programa Médico Obligatorio

Las empresas de medicina podrán fijar sus propios montos, a excepción de ciertos tratamientos, por lo que los pacientes ya no podrán guiarse por una tabla de aranceles unificada.

Economía y negocios24/06/2024Sección PaísSección País
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En un nuevo capítulo de la desregulación de las prepagas, que comenzó con aumentos de sus cuotas habilitados por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 y que generó idas y vueltas con las empresas por alzas exageradas por encima del nivel de inflación, el Gobierno liberó este lunes los copagos para las compañías de medicina privada y obras sociales dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO).

De esta forma, los pacientes ya no podrán guiarse según una tabla de valores como hasta ahora, sino que cada prestador del servicio de salud podrá fijar sus propios montos, excepto para determinados tratamientos.

La medida fue establecida por la Resolución 1926/2024 publicada en el Boletín Oficial, a través de la cual el ministerio de Salud de la Nación dejó "sin efecto los aranceles vigentes en concepto de coseguros establecidos para las prestaciones médico-asistenciales" contempladas en el PMO.

A su vez, la cartera a cargo de Mario Russo determinó anular "sus normas complementarias, que no se encontraren exentas conforme el marco normativo vigente", y detalló que los montos "podrán ser fijados libremente por parte de las entidades comprendidas en el artículo 1º de la Ley Nº 23.660 en concordancia con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables".

"Los valores de los coseguros asociados a cada prestación médica, deberán ser debida y fehacientemente informados a los beneficiarios y/o usuarios al momento de la afiliación", aclaró la resolución. En cuanto a la variación de los costos "en el transcurso de la afiliación", señaló que deberá comunicarse con una antelación de 30 días.

En cuanto a las prestaciones exceptuadas de la liberación de los copagos, se encuentran las consultas por cánceres de cuello uterino y mama; odontología preventiva y salud sexual y reproductiva.

Además, las exenciones incluyen tratamientos oncológicos; por discapacidad; el plan materno infantil; las emergencias; las prácticas de enfermería; la atención durante el embarazo y la primera infancia; la respuesta a las afecciones de transmisión sexual y tuberculosis, la protección a personas trasplantadas y los trasplantes.

Con respecto a los fundamentos de su decisión, el ministerio de Salud sostuvo que "la libre competencia requiere un mercado transparente en el que los consumidores puedan comparar directamente las ofertas disponibles, permitiéndoles tomar decisiones informadas al evaluar los planes ofrecidos y elegir la mejor opción".

En este sentido, señaló que "deviene imperioso proceder a la eliminación de toda injerencia de la autoridad de aplicación en los valores de los coseguros tanto para los Agentes del Seguro de Salud como para las Entidades de Medicina Prepaga, permitiendo que aquellos sean fijados libremente".

Según la cartera a cargo de Russo, el objetivo es "garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud, asegurando al mismo tiempo que los usuarios conozcan claramente qué servicios pueden requerir un costo adicional".

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