La Justicia revocó el sobreseimiento de Alberto Fernández en la causa por las restricciones de la pandemia

La Cámara Federal ordenó profundizar la investigación por presunto abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público. Dispuso incorporar nuevas pruebas y alineó su decisión con el planteo del fiscal Carlos Stornelli.

Política14 de octubre de 2025Sección PaísSección País
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La Cámara Federal porteña dejó sin efecto el sobreseimiento del ex presidente Alberto Fernández en la causa que analiza supuestas irregularidades en el manejo de la pandemia de Covid-19 y las restricciones impuestas. En un fallo firmado por los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, el tribunal sostuvo que la investigación no alcanzó el nivel de profundización necesario y que la desestimación resultó prematura. Ordenó, por ello, continuar con la pesquisa e incorporar medidas de prueba que juzgó indispensables para esclarecer los hechos.

El expediente se originó a partir de declaraciones del ex ministro de Economía Martín Guzmán, quien dijo que el período de restricciones “fue más largo de lo que tendría que haber sido” y que esa extensión respondió a motivos de conveniencia o a una “bandera política”, en un contexto en el que —señaló— la gestión se fortalecía con la administración de la pandemia.

El 10 de junio de 2025, la jueza María Romilda Servini había resuelto que no existía delito imputable al exmandatario. Entre otros argumentos, ponderó “mediciones de humor social” sobre las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo, aportadas por la Secretaría General de la Presidencia, y remarcó que los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) que instrumentaron las restricciones fueron validados por el Senado. También concluyó que no había un parámetro general y válido para fijar el momento en que las limitaciones dejaron de ser necesarias, según informes de la Dirección Nacional de Epidemiología. No obstante, las fechas de inicio y tramitación de los relevamientos citados —mayo a julio de 2020— impedían, a juicio del tribunal revisor, vincularlos con la posterior extensión de las restricciones.

La decisión fue apelada por el fiscal Stornelli, que cuestionó que se hubiera conformado un cuadro de “certeza negativa” para cerrar el caso y sostuvo que la instrucción no estaba agotada. Del otro lado, Fernández, asistido por la defensora oficial Silvina Carreira, explicó ante la Cámara que Guzmán aclaró luego que sus dichos habían sido sacados de contexto y defendió que todas las decisiones se adoptaron como políticas de salud pública, con la consulta permanente a un comité de especialistas y a los gobernadores, y siguiendo los trámites administrativos de rigor.

Al resolver, Llorens y Bertuzzi consideraron que no es posible soslayar la postura del Ministerio Público Fiscal sobre la necesidad de agotar las medidas probatorias. Señalaron que no se profundizó el análisis del peso que pudieron tener estudios requeridos por el Estado nacional sobre “humor social”, valoración de la gestión y nivel de acuerdo con el plan económico: se constató su contratación, pero sus resultados no se incorporaron al expediente. También advirtieron que falta producir un “análisis comparativo regional” sobre la extensión, evolución y conveniencia de los aislamientos dispuestos, a fin de contar con un parámetro objetivo que permita acreditar o descartar la hipótesis de la denuncia.

Según el tribunal, las pruebas colectadas hasta ahora “resultan insuficientes” para sostener un estado de certeza que justifique el cierre. Con ese criterio, revocó el sobreseimiento, ordenó continuar la investigación y dispuso la realización de las medidas probatorias necesarias para dilucidar los puntos pendientes.

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