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En el área de Comunicación del Gobierno aseguran que los medios públicos no son prioridad. Todo esto es circunstancial. La casta se mantiene.
Los jueces del máximo tribunal rechazaron un recurso extraordinario presentado por la defensa de la dirigente social.
15 de diciembre de 2022 Sección PaísLa Corte Suprema de Justicia, a través de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa de la dirigente kirchnerista jujeña Milagro Sala y de esa manera dejó firme la condena a 13 años de prisión que le dictó en 2019 el Tribunal Oral Criminal 3 de la provincia norteña en el caso conocido como “Pibes Villeros”.
“Es un criterio sostenido por esta Corte que la autonomía que la Constitución Nacional reconoce a las provincias requiere que se reserven a sus jueces las causas que en lo sustancial del litigio versen sobre aspectos propios de esa jurisdicción, en virtud del respeto debido a sus facultades de darse sus propias instituciones y regirse por ellas. En consonancia con esa premisa fundamental es que se ha resuelto, reiteradamente, que los pronunciamientos por los cuales los más altos tribunales provinciales deciden acerca de los recursos locales que son llevados a su conocimiento no son susceptibles de revisión por la vía del recurso extraordinario, salvo que se demuestre una lesión a un derecho de raigambre federal o que la sentencia, por sus graves defectos de fundamentación o razonamiento, no constituya una derivación razonada del derecho vigente, aplicado a las circunstancias de la causa. En ese marco, el recurso extraordinario federal intentado es inadmisible y, por ello, ha sido bien denegado por el a quo”, argumentó el tribunal.
Sala tiene varios procesos penales. El más grave es el de los llamados “Pibes Villeros” donde fue condenada a 13 años de prisión por asociación ilícita, defraudación y extorsión. Durante el proceso se comprobó el desvío de fondos estatales por más de 60 millones de pesos, cobrados por cooperativas para construir viviendas sociales, entre 2011 y 2015, las que nunca se realizaron. Para el Tribunal que la condenó, Sala había sido la jefa de esta asociación ilícita, que con la ayuda de funcionarios provinciales y municipales operaban para extraer dineros de programas habitacionales nacionales, los que “fueron utilizados con otros fines”.
El caso llegó a la Corte después que en 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Jujuy rechazara un pedido de Milagro Sala -quien a través de su defensa había solicitado que se declarara inconstitucional el juicio en el que fue condenada- y ratificó el fallo que había sido dictado por el Tribunal Oral Criminal 3. Antes, el caso había sido revisado por la Cámara de Casación de Jujuy y también confirmado. El Superior Tribunal de Justicia de la provincia remitió a fines de diciembre del 2020 las actuaciones a la Corte Suprema. Es que -acompañada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)- la defensa de Sala asegura que fue sometida a varios procesos de criminalización como consecuencia de su activismo político, que se violaron sus garantías constitucionales y que la condena en su contra había sido arbitraria.
En febrero de este año, Eduardo Casal, a cargo interinamente de la Procuración General de la Nación y en carácter de fiscal ante el máximo tribunal, se había pronunciado por la desestimación de la queja presentada por Sala ante el alto tribunal.
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