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El proyecto prevé que el FGS, valuado en US$ 76.000 millones, sea absorbido por el Gobierno Nacional, al igual que todos los títulos de deuda que sean propiedad de organismos públicos.
Economía y negocios27 de diciembre de 2023La “Ley Ómnibus” enviada por el Gobierno al Congreso prevé que todos los activos del Fondo de Garantía y Sustentabilidad (FGS) de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) formen parte del patrimonio del Tesoro nacional.
En su artículo 226, el proyecto impulsado por el Gobierno señala: “Dispóngase la transferencia de los activos del Fondo de Garantía y Sustentabilidad creado por el Decreto 897/07 al Tesoro Nacional. Facúltase el Poder Ejecutivo Nacional a adoptar todas las medidas necesarias para la instrumentación de lo previsto en el presente artículo”.
El FGS fue creado en 2007 luego del proceso de estatización de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) y el regreso del sistema previsional a manos del Estado. Entre sus activos hay tanto inversiones financieras como porciones accionarias de empresas líderes, que en su momento pertenecieron a las AFJP y desde la estatización quedaron en poder del Estado. A través de este fondo también se otorgan préstamos a provincias y a los beneficiarios del sistema previsional.
Según un informe emitido por ex titular de la ANSES, Fernanda Raverta, el FGS tenía a fines de noviembre un valor de US$ 76.000 millones, aunque aclaró que esa valuación de sus activos se convirtió al tipo de cambio oficial de aquel momento.
El FGS puede ser utilizado “para pagar los beneficios del Sistema Integrado Previsional Argentino y para hacer frente a los compromisos asumidos en la Ley 27.260 de Reparación Histórica, invirtiendo en proyectos e instrumentos que promuevan el desarrollo de la economía argentina y del mercado de capitales local de largo plazo”, según la ANSES.
Dentro de este apartado, también dispone la derogación de algunos artículos de la ley 24.241 que regula el Sistema Nacional de Jubilaciones y Pensiones, que establecían una serie de limitaciones y prohibiciones a la hora de invertir los fondos jubilatorios.
A su vez, el capítulo del proyecto denominado “Consolidación de la deuda del sector público nacional”, establece la cancelación total de las deudas intra sector público. El artículo 221 señala que se consolidarán en el Estado Nacional “las tenencias de títulos de la deuda pública”, además del ya mencionado FGS de la ANSES, que se encuentren en manos de todos los organismos estatales, con excepción del Banco Central de la República Argentina, compañías de seguros y entidades financieras con participación estatal.
La disposición comprende a toda la Administración Pública Nacional, las empresas y sociedades del estado, así como también los entes públicos y los fondos fiduciarios en los que el Estado Nacional tenga participación mayoritaria, quienes deberán transferir los títulos públicos que tengan en su poder a una cuenta del Tesoro Nacional.
Asimismo, el proyecto prevé que una vez que esos títulos pasen a manos del Tesoro Nacional sean “cancelados por confusión patrimonial”. Por lo tanto, dejarán de ser una deuda del Estado con una entidad pública y se consideran saldadas.
La “confusión” es una forma de extinción de las obligaciones prevista en el Código Civil y Comercial que se emplea cuando “las calidades de acreedor y de deudor se reúnen en una misma persona y en un mismo patrimonio”. De ese modo, como el Estado tiene una deuda con sí mismo, la obligación desaparece.
Los organismos que cedan sus títulos públicos podrán presentarse, en un plazo de 90 días, ante la Oficina Nacional de Presupuesto “para manifestar la necesidad de mantener un crédito presupuestario por el equivalente de la deuda nominal a consolidarse”.
Esos pedidos deberán “fundarse en fines públicos que lo justifiquen” y su resolución quedará a criterio de la Jefatura de Gabinete a cargo de Nicolás Posse, que tendrá 30 días para expedirse. Si la respuesta es favorable, el organismo público “podrá computar un crédito presupuestario que se atenderá exclusivamente con los recursos” previstos por el Congreso en la ley de Presupuesto.
De ese modo, muchos de los organismos públicos que son participantes esenciales de las licitaciones de deuda pública en pesos recibirán ese crédito presupuestario como compensación por haber comprado títulos públicos, incluso en forma reciente.
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