El Gobierno publicó el decreto que desregula las obras sociales

Empezará a regir a partir del 1º de marzo. El objetivo es dar libertad de elección a los beneficiarios e impulsar la libre competencia entre obras sociales y prepagas.

Política21/02/2024Sección PaísSección País
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Finalmente, el Gobierno estableció la reglamentación para desregular las obras sociales, algo que alcanzará a más de 14 millones de trabajadores que están en relación de dependencia tanto del sector público como privado, sindicalizados, monotributistas, empleadas domésticas, y a los más de 5 millones de personas que pertenecen al llamado sistema general.

La Superintendencia de Servicios de Salud liderará este proceso de cambio, cuyo fin central es dar libertad de elección a los beneficiarios e impulsar la libre competencia entre obras sociales y prepagas.

“El presente decreto comenzará a regir el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial”, indica el texto de la norma, esto implica que la desregulación comenzará a regir el primer día de marzo.

De esta manera, a través del decreto 170/2024, el Ejecutivo oficializó esta modificación al establecer: “El derecho a la libre elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción prevista en el artículo 9°”.

Este derecho podrá ejercerse por el plazo que determine la Autoridad de Aplicación. La norma además especifica: “El plazo mínimo de permanencia no resultará aplicable para aquellos beneficiarios que, encontrándose afiliados a un Agente del Seguro de Salud, hayan elegido a una Entidad de Medicina Prepaga como prestadora de su cobertura médica y esta se encuentre inscripta en los Registros establecidos en el inciso b) del artículo 5° de la Ley Nº 26.682 y en el artículo 6° de la Ley Nº 23.660. En este último supuesto podrán ejercer el derecho a la libre elección hacia esa misma Entidad de Medicina Prepaga”.

La reglamentación de la desregulación de las obras sociales deja en evidencia que para la administración de Javier Milei el tema tuvo estatus de prioridad. No sólo porque fue incorporada dentro del DNU 70/23 y no sufrió las demoras que otras medidas tuvieron, sino también porque el ordenamiento y la transparencia de los aportes y contribuciones que hace el Estado al sector de la salud representa un ataque a las “cajas negras” de la política.

Las claves de la desregulación

  • Los trabajadores ya no deberán permanecer obligatoriamente un año en la obra social de su actividad al ingresar a un nuevo empleo. Podrán elegir una obra social o prepaga -que se registre para tal fin- desde el primer día del comienzo de un nuevo empleo y sin ningún tipo de intermediación. Además, se elimina la obligación de triangular los aportes con una obra social a los trabajadores que quieren contar con los servicios de una prepaga.
  • Se podrá ejercer el derecho de libre elección una vez al año y en cualquier momento desde el inicio de la relación laboral. Así se mantiene el actual sistema vigente que permite realizar la opción únicamente una vez por año.
  • Con el nuevo sistema las obras sociales que administran los sindicatos estarán obligadas a competir en igualdad de condiciones con las prepagas por la afiliación de los trabajadores en relación de dependencia.
  • Para poder competir en igualdad con las obras sociales, las empresas de medicina prepaga estarán obligadas a realizar un aporte al Fondo Solidario de Redistribución (FSR), que financia el funcionamiento del sistema solidario de salud, equivalente al 20% del total de las cuotas que reciben.
  • Desde las empresas prepagas alertan que las cuotas podrían incrementarse ya que -aseguran- no estar en condiciones de absorber ese costo adicional frente a las complicaciones que atraviesa el sistema.
  • Al permitir la afiliación directa a una prepaga, lo más probable es que desaparezcan las obras sociales más chicas que tienen que triangulan aportes y por lo tanto retienen una "comisión" por su intermediación.
  • La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), el organismo oficial que regula el funcionamiento del sistema, no tendrá ninguna competencia para fijar los valores de cuotas de los servicios.

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