Revés para una ONG en la Corte: rechazaron una cautelar ambiental contra YPF, Chevron y otras petroleras en Vaca Muerta

El Máximo Tribunal desestimó el planteo de ASSUPA por no demostrar daños concretos ni conectar hechos específicos con las empresas. El fallo llevó la firma de Rosatti y tres conjueces.

Política18 de diciembre de 2025Sección PaísSección País
720 (7)

La Corte Suprema de Justicia rechazó este jueves una medida cautelar que había sido impulsada por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA) contra los gigantes del sector energético, entre ellos YPF, Pampa Energía, Pan American Energy y Chevron. La demanda exigía una serie de medidas urgentes frente a supuestos "incidentes ambientales" en la Cuenca Neuquina, el corazón de Vaca Muerta, pero el tribunal consideró que la acusación carecía de sustento probatorio suficiente.

El fallo llevó la firma del presidente de la Corte, Horacio Rosatti, y de los conjueces Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas (Salta), Silvina Andalaf Casiello (Rosario) y Rocío Alcalá (Resistencia). Los magistrados fueron contundentes al señalar que "no se advierte ninguna razón que justifique la procedencia del planteo cautelar", ya que la agrupación no logró demostrar daños concretos derivados de la actividad hidrocarburífera para justificar la solicitud.

Según se desprende de la resolución, uno de los principales defectos de la presentación fue la falta de especificidad. El tribunal explicó que la asociación "no conecta ningún hecho específico presuntamente dañoso a la actividad de alguna de las personas que demanda" y criticó que solo se afirme la existencia de una cierta cantidad de incidentes sin mayores precisiones. Además, cuestionaron que no se localicen los hechos contaminantes, limitándose a mencionar "difusamente" a la Cuenca Neuquina como la zona en litigio.

Falta de pruebas y jurisdicción

La Corte también desestimó la competencia federal interjurisdiccional del reclamo tal como fue planteado. La demanda involucraba al Estado Nacional y a las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza y Neuquén. Sin embargo, los jueces advirtieron que la actora "debió explicar la manera en que el presente asunto incluye problemas ambientales compartidos por más de una jurisdicción". Al citar únicamente un informe de la Subsecretaría de Ambiente de Neuquén, el fallo razonó que los supuestos incidentes habrían ocurrido exclusivamente en territorio neuquino.

Por otro lado, el Máximo Tribunal calificó de "inverosímil" el intento de la ONG de invertir la carga de la prueba, pretendiendo que fueran los demandados quienes debieran probar que "la zona por la que se acciona no se encuentre dañada ambientalmente".

Finalmente, se descartó el valor probatorio de un informe técnico presentado por ASSUPA, titulado "Relevamiento de la cuenca hidrocarburífera Neuquina mediante tecnología geoespaciales". Para los jueces, dicho documento no verifica pasivos ambientales concretos ni conecta daños con eventos específicos atribuibles a las empresas demandadas, por lo que no se acreditó ni la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora, requisitos indispensables para dictar una medida cautelar.

Te puede interesar
Lo más visto