
Revés judicial para el Gobierno: suspenden el decreto de Milei y ordenan aplicar ya los aumentos de la Ley de Financiamiento Universitario
Sección País
El Gobierno nacional sufrió este martes un duro golpe en los tribunales en medio de su pulseada por el ajuste fiscal. La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a una medida cautelar solicitada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y decidió suspender el decreto de Javier Milei que había frenado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario.
La resolución, firmada por el titular del Juzgado N° 11, Martín Cormick, tiene efectos inmediatos y obliga al Poder Ejecutivo a aplicar los aumentos salariales para docentes y no docentes, así como la actualización de las partidas para becas estudiantiles, tal como lo estipulaba la norma aprobada por el Parlamento.
El magistrado fue contundente en sus argumentos al considerar que el instrumento firmado por el Presidente para bloquear la ley contenía elementos de "arbitrariedad e ilegalidad manifiesta". Según el fallo, la lesión de los derechos reconocidos en la legislación es consecuencia de un accionar de la autoridad pública de forma "clara e inequívoca".
Salarios y becas, de cumplimiento inmediato
Al tratarse de una medida cautelar de carácter "innovativo", el juez ordenó el "cumplimiento inmediato" de los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795. Estos apartados son el corazón del reclamo universitario: establecen la recomposición de los sueldos del personal de las casas de altos estudios y la actualización de los montos destinados a la ayuda estudiantil.
Cormick destacó que este tipo de medidas constituyen "una decisión excepcional" porque alteran el estado de hecho existente al momento de su dictado y configuran un "anticipo de jurisdicción favorable" respecto de lo que será el fallo final sobre la cuestión de fondo.
El argumento constitucional
Para fundamentar su decisión, el juez se basó en la supremacía del proceso legislativo. Recordó que el Congreso insistió con la norma luego del veto presidencial, por lo que rige la "prevalencia del texto constitucional". En esa línea, advirtió que una vez sancionada la iniciativa, esta pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación sin que se prevea "una variante suspensiva" legal para frenarla.
Además de los tecnicismos legales, el fallo incluyó una fuerte defensa de la educación pública. El juez manifestó que el "deterioro salarial" no solo afecta el bolsillo de los trabajadores, sino que tiene incidencia directa sobre "el efecto de su trabajo", lo que implica una afectación del "Derecho a enseñar y aprender" consagrado en el artículo 14 de la Constitución Nacional.
Por último, Cormick desestimó el argumento fiscal del Gobierno al señalar que la concesión de la medida implicaría, en esta etapa del proceso, "un ahorro poco significativo porcentualmente" para el presupuesto global de la Administración Pública Nacional, contrastando con el grave perjuicio que ocasiona su incumplimiento a la comunidad educativa.


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