Ultimátum al Servicio Penitenciario: ordenan pagar a los presos según la Ley de Contrato de Trabajo bajo amenaza de multas

El juez Federico Villena intimó al director del organismo a presentar un cronograma de adecuación en 20 días. La medida responde a un fallo firme que exige equiparar el "peculio" a los derechos laborales formales.

Política30 de diciembre de 2025Sección PaísSección País
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La Justicia federal endureció su postura frente al Servicio Penitenciario Federal (SPF) por las condiciones laborales de los detenidos. El juez Federico Hernán Villena, titular del Juzgado Federal N°1 de Lomas de Zamora, intimó al organismo a cumplir de inmediato con un fallo firme que ordena liquidar el peculio de las personas privadas de la libertad conforme a la Ley de Contrato de Trabajo, bajo apercibimiento de aplicar multas diarias y denunciar a las autoridades por el delito de desobediencia.

Según pudo saber este medio, la decisión se dictó en el marco de un habeas corpus colectivo iniciado por internos del Complejo Penitenciario de Ezeiza. Los reclusos habían denunciado una reducción indebida de sus ingresos por la disminución arbitraria de horas laborales y la falta de pago de licencias justificadas. El tribunal recordó que la sentencia de fondo, que avala el reclamo de los presos, fue dictada en mayo de 2019 por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata y quedó firme en diciembre de 2023, pero nunca fue cumplida por el Estado.

Intimación personal y plazos

Ante la inacción, Villena intimó personalmente al director nacional del SPF, Fernando Julián Martínez, a presentar en un plazo perentorio de 20 días hábiles un cronograma detallado para adecuar el sistema de pagos a la normativa laboral vigente. El magistrado advirtió que, de no acatar la orden, se aplicarán "astreintes" (sanciones económicas diarias) y se avanzará penalmente por incumplimiento de deberes.

En su resolución, el juez rechazó los argumentos de la defensa del SPF, que intentó justificar la situación basándose en resoluciones administrativas del Ministerio de Seguridad e instructivos internos. Para Villena, esas normativas burocráticas no pueden sustituir ni neutralizar una sentencia judicial firme, ni sirven como excusa para dilatar la regularización de los derechos laborales dentro de los penales.

Por último, el juzgado ordenó que las notificaciones se realicen de manera personal a los responsables y dispuso un control estricto de la ejecución de la medida hasta que cese efectivamente la vulneración de derechos denunciada por los internos.

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