YPF: el Gobierno apeló ante la Corte de EE. UU. y pidió frenar la entrega de acciones por el fallo Preska

Inició la defensa contra la orden que obliga a pagar la sentencia por USD 16.000 millones con acciones de la petrolera. Alega inmunidad soberana, error en la ley aplicable y “daño irreparable” si se ejecuta antes del cierre de la apelación. La definición podría llegar en el primer trimestre de 2026.

Economía y negocios26 de septiembre de 2025Sección PaísSección País
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El Gobierno presentó este viernes su escrito de apelación ante la Corte de Apelaciones de Estados Unidos contra el fallo de la jueza Loretta Preska, que ordenó pagar con acciones de YPF la condena por USD 16.000 millones en la causa por la expropiación. Según el analista Sebastián Maril, la administración argentina centró su planteo en cuatro ejes y anticipó que el proceso podría resolverse recién en el primer trimestre de 2026. La administración de Donald Trump se presentó como amicus curiae a favor de la posición argentina.

Los cuatro argumentos centrales

  1. Inmunidad y extraterritorialidad: los tribunales de EE. UU. no pueden obligar a un Estado soberano a repatriar activos situados fuera de su territorio.
  2. Ley aplicable: Preska habría aplicado erróneamente la ley del estado de Nueva York al tratar activos ubicados en el exterior.
  3. FSIA: la Foreign Sovereign Immunities Act (FSIA) protege a la Argentina frente a la entrega forzada del capital accionario de YPF.
  4. Relaciones exteriores y ejecución: forzar la transferencia de acciones fuera de EE. UU. vulnera los límites de ejecución contra bienes de Estados extranjeros que fija la FSIA y daña las relaciones diplomáticas y el trato recíproco de activos.

El escrito también advierte sobre un “daño irreparable”: si la Argentina entrega las acciones antes del pronunciamiento final y luego obtiene una decisión favorable, podría no recuperar esos títulos.

Con la apelación en marcha, el Gobierno busca frenar la ejecución ordenada por Preska mientras el tribunal de alzada analiza el caso. La discusión gira sobre qué activos pueden ser ejecutados y hasta dónde alcanza la jurisdicción norteamericana cuando se trata de bienes soberanos fuera de EE. UU.

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